La opinión de estudiantes y trabajadores no será tomada en cuenta
En las próximas semanas la Junta de Gobierno de la Universidad Nacional Autónoma de México designará al Director de la Facultad de Derecho para el periodo 2012-2016.
Si bien se trata de una decisión de enorme importancia para la comunidad universitaria, en particular para la que pertenece al plantel - que incluye a los estudiantes, académicos y trabajadores de la Facultad-, la elección está reservada a una cúpula de autoridades y al propio Rector José Narro Robles.
El proceso de designación se encuentra regulado en el Estatuto General de la UNAM capítulo V artículo 37:
Los directores de facultades y escuelas serán designados por la Junta de Gobierno de ternas que formará el Rector, quien previamente las someterá a la aprobación de los consejos técnicos; [...]
Los directores de facultades y escuelas durarán en su cargo cuatro años y podrán ser reelectos una vez.
Es durante la aprobación de la terna presentada por el Rector en el Consejo Técnico donde los estudiantes podríamos intervenir, al menos parcialmente, ya que solamente contamos con 4 consejeros (de los cuales sólo 2 tienen derecho a voto) frente a 30 consejeros profesores y autoridades en el caso de la Facultad de Derecho. Sin embargo, los consejeros alumnos que recién asumieron el cargo, bajo una gran serie de irregularidades en el proceso de elección y una bajísima participación, aún no han declarado nada ni informado al estudiantado sobre tan importante suceso, cabe preguntarse qué postura tomarán "a nombre de la comunidad estudiantil de la Facultad de Derecho", sin antes haber realizado una amplia consulta sobre el tema. Es una responsabilidad que no han cumplido con los estudiantes que votaron por ellos y con los que no.
En este sistema cerrado, que reproduce claramente la lógica antidemocrática de gobierno que domina la Universidad, la auscultación de los candidatos se da en lo sombrío, es decir, no se somete a la mirada pública, garantizando así la discrecionalidad de la decisión tomada por la Junta, que no tiene la obligación de rendir cuentas a nadie; evitando lo público pero no lo político. El derecho al acceso a la información, a saber cuál es el programa de trabajo de los candidatos, y con él, el derecho de los alumnos a intervenir democrática y activamente en el proceso de designación -no formando parte de un simulacro de participación mediante una "recolección de firmas"-, ni siquiera figuran en este esquema de toma de decisiones elaborado en el marco de la anacrónica Ley Orgánica de 1945.
No existe algún mecanismo de consulta y mucho menos uno que permita a la comunidad evaluar la labor de las autoridades universitarias.
No existe algún mecanismo de consulta y mucho menos uno que permita a la comunidad evaluar la labor de las autoridades universitarias.
Los suntuosos cobros para la especialización y de diplomados, el inconsistente plan de estudios 1342, la necesidad de un comedor económico subsidiado que atienda el derecho a la alimentación, la recuperación de espacios de convivencia como áreas comunes y jardines, los diferentes problemas que ocasiona el "nuevo" plan de estudios 1447 en lo referente a la enseñanza del inglés, así como la urgente actualización de los planes y programas de estudio de conformidad con las recientes reformas constitucionales en materia de derechos humanos, son temas relegados por la administración saliente, y que deberán ser incluidos en la agenda de la nueva dirección, cuestiones que los consejeros estudiantes deben reivindicar como parte de los intereses colectivos de los alumnos, ya que si esto no es lo que se discute en el pleno del Consejo Técnico ¿qué objetivo tiene la escasa representación estudiantil en los órganos de gobierno?
De modo que asistimos a un proceso que más allá de involucrar a los estudiantes en la discusión y participación en los asuntos que atañen a la Universidad, los aleja e invisibiliza sus necesidades y propuestas. Hoy continúa siendo válida la demanda de los estudiantes cordobenses de 1918 y los de la Escuela Nacional de Jurisprudencia que desde 1929 exigían la democratización de las universidades.
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Para saber más:
1. Fuentes Molinar, Olac. (1983) Educación y política en México. Editorial Nueva Imagen.
2. Ordorika, Imanol. (2006) La disputa por el campus. Poder, política y autonomía en la UNAM. UNAM.