lunes, 31 de octubre de 2011

El Estado de Chile miente ante la CIDH y señala que el respeto a los DDHH requiere "un cambio cultural"*



Por cerca de cuarenta y cinco minutos se extendió la Audiencia que en su 143° periodo de sesiones realizó la Comisión Interamericana de Derechos Humanos [el pasado] 28 de octubre para recibir al Estado de Chile y a peticionarios la ONG Asesoría Ciudadana en torno al tema de las manifestaciones públicas [por educación gratuita y de calidad] y la respuesta estatal frente a ellas.

Durante los veinte minutos de su exposición, los egresados de Derecho de la Universidad de Chile Branislav Marelic e Italo Jaque expusieron las situaciones que se han vivido con motivo de las manifestaciones públicas en cuatro grandes áreas: Marco normativo sobre manifestaciones públicas; violencia contra manifestantes; abusos contra personas privadas de libertad; y, factores de impunidad que hacen que estos graves hechos queden sin investigación.

En esa línea, apuntaron con especial énfasis a las denuncias de tortura existentes, al Decreto Supremo 1086 de 1983 que pese a vulnerar la Convención aún sin regulan el derecho a reunión pública y a la persistencia de la Justicia Militar pese a lo dictaminado por la propia Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Pero lo más peculiar de la jornada vino con la exposición y descargos del Estado de Chile. En la respuesta a cargo del abogado Miguel Ángel González y de un Mayor de Carabineros, no solo se desvió la atención hacia la violencia cometida por manifestantes, sino que además se desvirtuaron hechos e incluso se mintió acerca del derecho aplicable.


Para abrir, González señaló que en Chile no se requiere ningún tipo de autorización para realizar manifestaciones públicas y que lo que se exige en el DS1086/1983 es simplemente una notificación del evento a realizar y un acuerdo con la administración respecto del trazado.

Luego, el abogado pasó a referirse a que en Chile, en realidad se vive una situación "compleja" en cuanto a la violencia en manifestaciones se refiere. Allí profundizó el resto de su intervención refiriéndose al origen de la violencia en grupos de manifestantes no pacífcos, a las tasas de detención respecto del total de manifestantes y a los protocolos bajo los que actúa la fuerza pública. Señaló que los Carabineros no atacan a manifestantes pacíficos y que los despliegues en las manifestaciones se realizan precisamente para protegerlos. El Mayor de Carabinarios presente en tanto, planteó a la Comisión la cantidad de Carabineros heridos en el curso de las manifestaciones de este año, la plena sujeción de su Institución a la Constitución [de Chile] y las leyes, y la existencia de medios institucionales para formular denuncias administrativas.

Ninguno de los dos representantes del Estado se refirió a las graves denuncias expresadas por los peticionarios respecto de los hechos de torura y agresiones ocurridos sobre todo al interior de los vehículos y recintos policiales.

Antes de dar paso a réplicas de tres minutos, el presidente de la Comisión dió la plabra a los comisionados para que manifestaran su opinión y formulasen preguntas.

Paulo Sergio Pinheiro, Relator en materia de Derechos del Niño, pidió al Estado "no tratar de justificar lo injustificable", refiriéndose a los hechos de violencia contra niños cometidos con motivo del control de orden público, los que calificó de "deplorables". Exigió además al Estado la modificación del Decreto Supremo 1086 de 1983; la eliminación de la Justicia Militar para delitos cometidos por uniformados contra civiles "para estar a la altura de una latinoamérica democrática"; y conocer el proyecto de ley con el que el Gobierno pretende encarcelar a estudiantes que ocupen sus liceos y a los dirigentes que los convoquen a ello.

La comisionada Luis Patricia Mejía, solicitó al Estado de Chile entregar el detalle del número de manifestaciones que han tenido lugar este año, y cuantas de ellas han sido reprimidas "pues tiene información de que en todas ellas ha habido violencia". Además solicitó las estadísticas de procesos judiciales relacionados al tema y los mecanismos de las Fuerzas Especiales de Carabineros para distinguir entre manifestantes pacíficos y manifestantes violentos.

Catalina Botero Marino, Relatora en materia de Libertad de Expresión, en tanto manifestó su preocupación en torno a las sanciones y el marco jurídico que en Chile pudieran estar desincentivando la libertad de expresión.

Ya en los tres minutos de cierre concedidos a ambas partes, Branislav Marelic volvió a la carga con el Decreto Supremo dando lectura al artículo 15 de la Convención Americana que exige que la regulación del derecho de reunión se realice por Ley.  Reiteró la necesidad de derogar la Justicia Militar, y recalcó que su intención como peticionario no era hablar ante la CIDH de los encapuchados sino que sobre la violencia policial señalando que abdssolutamente nada justifica la tortura.

Miguel Ángel González por su parte señaló que respecto del artículo 15 de la Convención existe una Observación de la Corte Interamericana que admite que por "Ley" puede entenderse también la normativa emanada de una potestad reglamentaria delegada y que fue ese precisamente el caso del Decreto Supremo de 1983 (nota de la edición: que además de ser firmado por Pinochet en Dictadura, corresponde en su género a una potestad reglamentaria autónoma), el que se ajustaba y se ajusta plenamente a la Constitución de la República.

Para finalizar, el representante de Chile señaló que su país es de los pocos que respetan la Convención Americana y que además "el respeto de los derechos humanos requiere de cambios culturales que toman tiempo", pese a lo cual, ha visto como el Estado se ha esforzado en dar avances en la materia como es el caso de la Ley Antiterrorista.

Ver video de la Audiencia.
Leer el texto ocupado para el alegato de los peticionarios.



*Nota tomada del sitio web del Centro de Estudios Jurídicos de la Federación de Estduantes de Chile: http://cejfech.cl/.